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EL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR CONVOCA DOS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN DESTINADAS A EMPRENDEDORES, ASÍ COMO AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO 2017-2018

CREACIÓN DE EMPRESAS Y APERTURA DE NUEVOS CENTROS DE TRABAJO: Va dirigida a aquellas personas físicas o jurídicas, que inicien o hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional, abran o hayan abierto un nuevo centro de trabajo en el municipio entre el 1 de enero de 2017 y el 15 de noviembre de 2017 ambos inclusive. Será condición indispensable para la concesión de estas ayudas que se hayan obtenido las licencias exigidas o en su defecto que se haya efectuado la Comunicación de Inicio de Actividad aplicando la legislación vigente en cada caso; hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local así como con la Seguridad Social o no estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello. El objeto de esta subvención es regular el procedimiento de concesión de ayudas para financiar parcialmente la realización de estudios de viabilidad y los gastos de acondicionamiento de adaptación de las instalaciones e inmuebles para la creación de empresas y la apertura de nuevos centros de trabajo en Aldeamayor de San Martín con la finalidad de promover proyectos para crear y consolidar el tejido empresarial Aldeamayor de San Martín. El plazo para solicitarla va desde mañana viernes al 15 de noviembre de 2017. Esta ayuda es incompatible con las subvenciones municipales destinadas al alquiler de locales y naves en Aldeamayor y el contenido íntegro se puede consultar en el siguiente enlace. ALQUILER DE NAVES Y LOCALES PARA EMPRENDEDORES: Esta línea va dirigida a todas aquellas personas físicas y jurídicas que alquilen o hayan alquilado un local o nave para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional en el municipio de Aldeamayor de San Martín entre el 1 de enero de 2017 y el 15 de noviembre de 2017. Será condición indispensable para la concesión de estas ayudas que se hayan obtenido las licencias exigidas o en su defecto que se haya efectuado la Comunicación de Inicio de Actividad aplicando la legislación vigente en cada caso; hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y Local así como con la Seguridad Social o no estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente subvención las empresas que estén instaladas en Aldeamayor de San Martín antes del 31 de diciembre de 2016 y/o supongan la continuación económica de otra empresa con solvencia pero con diferente denominación o que utilicen recursos personales o materiales de la anterior y cuya finalidad sea acogerse a la presente ayuda. El objeto de la ayuda es regular el procedimiento de concesión de ayudas para apoyar a los emprendedores que se ubiquen en el Polígono el Brizo o en otras zonas del municipio, mediante el alquiler de naves y locales, contribuyendo de esta forma a la regeneración socioeconómica del tejido empresarial de Aldeamayor y con ello a la creación de empleo. Se bonificará el coste de los contratos de alquiler para emprendedores, autónomos y o empresas que inicien su actividad empresarial, se hayan trasladado o vayan a trasladar su empresa desde otros puntos a Aldeamayor de San Martín. Al igual que la subvención anterior, el plazo para solicitarla va desde mañana viernes al 15 de noviembre. AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO 2017-2018: Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en estas bases, las familias en las que concurran, entro otros, los siguientes requisitos: -Tener a su cargo hijos en edad escolar matriculados durante el curso 2017-2018 en el Segundo Ciclo de Educación Infantil (edad de 3 a 5 años) en un centro escolar público o concertado de la provincia de Valladolid en un municipio de menos de 20.000 habitantes. Los matriculados en un CEIP de la provincia distinto al CEIP Miguel Delibes de Aldeamayor de San Martín, deberán acreditar tal circunstancia. -Los alumnos de educación especial que, por las especiales características que requiera su atención, no tengan posibilidad de ser atendidos en su municipio y deban matricularse en un centro ubicado en un municipio de más de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid, o a un centro educativo de fuera de nuestra provincia, siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia. -Los alumnos que acudan a un centro público o concertado de un municipio de más de 20.000 habitantes de la provincia de Valladolid, o a un centro público o concertado de fuera de nuestra provincia, siempre que se acompañe informe de la Administración educativa competente acreditativo de la referida circunstancia de que no tengan posibilidad de ser atendidos en su municipio. -Figurar las familias empadronadas y residir de modo efectivo en el Municipio de Aldeamayor de San Martín con antelación a la fecha de publicación de la convocatoria. -Convivir con el menor a cargo. -Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. -En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el destinatario de la ayuda será el padre o madre que tenga atribuida la custodia del menor, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia. -En los supuestos de acogimiento o adopción, el destinatario de la ayuda será la persona o personas que la tengan adjudicada por resolución administrativa o auto judicial. -En ningún caso podrán ser destinatarios de la ayuda los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos, o si la tutela o la guarda fuera asumida por una institución pública. -El Ayuntamiento comprobará de oficio el empadronamiento, sin necesidad de que el solicitante aporte el certificado de empadronamiento. Es objeto de las bases regular la concesión por el Ayuntamiento, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a las familias como acción de fomento destinada a cubrir al coste de la compra de material escolar para el curso escolar 2017-2018. Se considera material escolar todo el necesario para realizar las actividades que se desarrollen o se promuevan en el Centro Docente, como cuadernos de soporte, material de papelería no reutilizable o material de manualidades, así como los libros de texto. El plazo para presentar la solicitud de estas subvenciones finalizará el 27 de octubre.

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