El Decreto 31/2017, de 5 de octubre, regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León.
El folleto-resumen elaborado no abarca todo el Decreto, por lo que cualquier duda o discordancia debe ser contrastada con el texto completo publicado el 9 de octubre de 2017 en el Boletín Oficial de Castilla y León (nº 194).
El folleto-resumen elaborado no abarca todo el Decreto, por lo que cualquier duda o discordancia debe ser contrastada con el texto completo publicado el 9 de octubre de 2017 en el Boletín Oficial de Castilla y León (nº 194).
Su aplicación se limita a hongos silvestres existentes en los terrenos no urbanos de Castilla y León, incluyendo trufas y los que se produzcan en plantaciones de especies forestales micorrizadas, así como todas las setas silvestres que se comercialicen en nuestra Comunidad.
Las setas silvestres recogidas para consumo doméstico o fines medicinales también están reguladas por este decreto; sin embargo, una vez recogidas, su preparación para uso privado u otros fines diferentes del alimentario, no está afectada por esta nueva normativa.