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ORDENANZA REGULADORA DE LA RECOGIDA DE RESIDUOS EN ALDEAMAYOR DE S.M.

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El artículo 45 de la Constitución Española establece, como principio rector de la política social y económica, el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de los poderes públicos, entre ellos el municipio, de conservarlo. En cumplimiento de lo anterior, y de acuerdo con el bloque de constitucionalidad en materia de medio ambiente, se aprobó la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, que establece, por un lado, las competencias de los Entes Locales en materia de residuos -en su artículo 12.5-, concretando así lo dispuesto en los artículos 25.2 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; y, por otro, en su Disposición Transitoria Segunda, la obligación de las Entidades Locales de aprobar ordenanzas que se adapten a dicha ley antes del 31 de julio de 2013. En cumplimiento de la anterior previsión y, en especial, en el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas al Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, se hace imprescindible la aprobación de una ordenanza municipal sobre la recogida de residuos. La presente ordenanza se estructura en tres Títulos, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales. El primer Título contiene las Disposiciones Generales, habiéndose incorporado, como novedad, siguiendo la normativa básica, la potestad del Ayuntamiento de recoger los residuos comerciales no peligrosos; se concretan también las obligaciones de los ciudadanos en relación con la separación y entrega de residuos. El Título II se dedica al Servicio de Recogida, distinguiendo entre un servicio ordinario y un servicio especial, siendo común a ambos la separación por los ciudadanos de los residuos en distintas fracciones para favorecer el reciclaje y el cumplimiento del principio de jerarquía. Finalmente, el Titulo III aborda la Inspección y Sanción, incardinándose ambas potestades en la Ley 22/2011, de 21 de abril de Residuos y Suelos Contaminados. ******************************************************** Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1.1. La presente ordenanza tiene por objeto la regulación, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, de todas aquellas conductas y actividades dirigidas al depósito y recogida de residuos municipales, respetando el principio de jerarquía, con objeto de conseguir el mejor resultado ambiental global, mitigando los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente. 1.2. En el ejercicio de las competencias municipales, esta ordenanza desarrolla la legislación estatal y autonómica en materia de residuos y de régimen local, debiendo en todo momento interpretarse y aplicarse de acuerdo con la legislación vigente. 1.3. Todas las personas físicas o jurídicas que residan o depositen residuos en el término municipal de Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín están obligadas a cumplir lo dispuesto en ella, así como las disposiciones que en su desarrollo dicte el Ayuntamiento.