Por Acuerdo del Pleno de fecha 25 de abril de 2019, se aprobó definitivamente la Modificación de Ordenanza Municipal de Circulación y Ordenación de Tráfico en Vías Urbanas de Aldeamayor de San Martín, lo que se publica a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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Realizada la tramitación legalmente establecida y correspondiendo su aprobación por el Pleno, de conformidad con los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone al Pleno, con el dictamen favorable de la Comisión Informativa, la adopción del siguiente ACUERDO
PRIMERO.-Estimar las alegaciones presentadas, con fecha 14/08/2018 (NºRegistro 2018- E-RC-2714), por D. Eduardo Gómez Jiménez, con DNI 09336178H, en relación con el expediente de Modificación de Ordenanza Municipal de Circulación y Ordenación de Tráfico en Vías Urbanas de Aldeamayor de San Martin, por los motivos expresados en el informe del Sr. Arquitecto Municipal con fecha 02/03/2019 y, en consecuencia, introducir en el expediente las modificaciones indicadas en dicho Informe.
SEGUNDO.-Aprobar definitivamente la Modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación y Ordenación de Tráfico en Vías Urbanas de Aldeamayor de San Martin, una vez resueltas las reclamaciones presentadas e incorporadas a la misma las alteraciones derivadas de las alegaciones estimadas, con la redacción que a continuación se recoge:
Art. 21.- El Ayuntamiento otorgará licencia de paso a través de la acera (vados) para los propietarios de garajes, estableciendo la prohibición de aparcar y parar frente al vado, según las siguientes categorías:
1ª).Vado de hasta siete metros de ancho para garajes de tractores, camiones, o colectivo superior a 10 vehículos matriculados.
2ª).Vado de hasta cinco metros de ancho para garajes con capacidad de 5, o más vehículos matriculados.
3ª).Vado de hasta tres metros y medio de ancho para garajes de hasta 4 vehículos matriculados.
La anchura exacta del vado se determinará en la licencia, y se fijará en función del número de vehículos que se guarden en el garaje, así como de la anchura de la calle y de la facilidad de giro para la entrada y salida de vehículos, y el aprovechamiento de los espacios públicos para aparcamiento libre.
El titular de la licencia de vado pintará en el bordillo de la acera a su cargo una franja amarilla de al menos quince centímetros de anchura y de la longitud aprobada.
El Ayuntamiento facilitará la placa de vado con indicación del número de licencia otorgada.
El Alcalde queda facultado para revisar las licencias concedidas para ajustarlas a las nuevas anchuras de los vados, y a estos efectos, se aplicará esta medida con la finalización anual de la concesión de las licencias que se revisen”.
TERCERO.-Publicar dicho Acuerdo definitivo con el texto íntegro de la Modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación y Ordenación de Tráfico en Vías Urbanas de Aldeamayor de San Martin en el BOP de Valladolid y tablón de anuncios del Ayuntamiento, entrando en vigor según lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.